Recordemos aspectos reformar IRPF 2015
En estos días de merecido descanso, en la playa o en la montaña, no estaría de más una vez que ya terminamos con nuestra obligación tributaria de cada año que recordemos aspectos a tener en cuenta antes de finalizar este año 2015 que nos pueden ayudar a pagar menos en nuestra declaración de la renta a presentar el próximo 2016.
Daremos un rápido recordatorio que nos ayudará, con tiempo, a preparar la renta del 2016.
1º.- A partir del 1 de julio de 2015 se han modificado el tipo impositivo según la escala en 0,50% con respecto a la ya aprobada y vigente desde primeros del 2015 con respecto a los rendimientos del capital mobiliario y rendimientos ganancias patrimoniales:
Hasta 6.000€.................19,50%
DE 6.000€ a 50.000€....21,50%
Más de 50.000€............23,50%
2º.- Desaparece la exención tributación de los primeros 1.500€ cobro de dividendos, se tributará por todos los dividendos cobrados.
3º.- No hay diferenciación por las ventas patrimoniales en cuanto al tiempo de permanencia, tanto las adquiridas a menos de un año como las adquiridas a más de un año tributarán igual.
4º.- A partir de octubre de 2015 para tener derecho al cobro de los dividendos de las acciones habrá que haberlas adquirido al menos con tres día de antelación al pago efectivo del dividendo.
5º.- Quedará exento hasta 180.000€ en concepto de indemnización por despido del trabajador.
6º.- Estarán exentos de tributación los rendimientos por la capital que se mantengan al menos 5 años en cuentas o seguros individuales a largo plazo sin cobro de los intereses hasta al menos 5 años.
7º.- Se modificó el importe máximo a 8.000€ de aportación anual a planes de pensiones o planes de previsión asegurados por titular.
8º.- Se suprime las cuentas de ahorro empresa pero se existe la deducción en empresas de nueva o reciente creación.
9º.- Ayuda fiscal para las familias numerosas que podrán percibir 100€ mensuales, un total de 1.200€ anuales. Impuesto negativo.
10º.- Se elimina la deducción de alquiler para los inquilinos aunque se mantiene transitoriamente para algunos inquilinos.
Y bien, nunca está de más recordar estos aspectos para ir con tiempo adecuando nuestra situación como contribuyente al encuentro con la declaración de la renta de cada año ....
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